La Corte Suprema ordenó que Tabacalera Sarandi empiece a pagar el Impuesto a los cigarrillos

La Corte Suprema de Justicia instó a la firma Tabacalera Sarandi, a cumplir con el pago del impuesto de cigarrillos, que había logrado esquivar durante años con presentaciones judiciales. Precisamente, el máximo tribunal hizo lugar a un planteo del Estado Nacional a través de la AFIP para dejar sin efecto la ejecución de una sentencia que había conseguido la empresa en marzo pasado por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, revelaron a Infobae fuentes judiciales.

En los hechos, la tabacalera de Pablo Otero tenía siendo beneficiada con distintas medidas cautelares que le permitieron no abonar el tributo en cuestión, las cuales fueron revocadas por la Corte en el año 2021 y 2024. Y un juez de primera instancia (Dr. Enrique Lavié Pico) y la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvieron declarar la inconstitucionalidad de los arts. 103, 104 y 106 de la Ley 27.430 en tanto imponían el pago de montos mínimos para distintos tipos de productos relacionados con el tabaco. Asimismo, dispusieron que el aplicativo dispuesto en la Resolución General de AFIP 5113/2021 debía adecuarse a lo resuelto a fin de poder liquidar el mencionado impuesto con el monto real de venta.

Al obtener dos sentencias en el mismo sentido, de acuerdo al mencionado artículo del Código Procesal, la misma puede comenzar a ser ejecutada, a pesar de existir un recurso extraordinario pendiente ante la Corte Suprema. Eso fue lo que ahora se analizó.

El máximo tribunal del país decidió suspender la ejecución de dicha sentencia. Ello así toda vez que, sin adentrarse en el fondo de la cuestión –el cual también se encuentra a estudio de la Corte-, el recurso podría traer aparejado el análisis de cuestiones federales (art. 14 de la ley 48). La decisión fue tomada por los votos de los los jueces Juan Carlos Maqueda Horacio Rosatti y el voto concurrente del juez Ricardo Lorenzetti.

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