La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -desde hoy devenida en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca)- estableció el cálculo y las fechas de vencimiento de los anticipos del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2024, que abarcan a personas humanas y sucesiones indivisas. La disposición se implementó a través de la Resolución General No 5592/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto que el contribuyente debe abonar. Estos montos se descuentan del monto final del impuesto en la declaración jurada correspondiente. En este caso, el impuesto a las ganancias, que es una de las principales fuentes de recaudación tributaria en el país, alcanza a un sector amplio de contribuyentes que se encuentran en relación de dependencia, así como a autónomos, empresas y sucesiones.
Con relación al ingreso del primer anticipo, no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos.
En tanto, el vencimiento de la declaración jurada queda estipulado para mayo de 2025.