La madre de la niña abusada pidió ser querella y la detención de los padrinos

Recuperaron la libertad porque la Fiscalía que pidió la prisión preventiva no fundamentó cuáles eran los riesgos procesales.

La madre de una niña que habría sido víctima de abuso sexual infantil por parte de sus padrinos, realizó una presentación judicial para constituirse como querellante, con el objetivo de acceder al expediente e impulsar una revisión de la situación procesal de los dos imputados, actualmente en libertad.

El planteo fue realizado tras una serie de resoluciones judiciales que modificaron la situación de los acusados. La investigación está a cargo del fiscal de Instrucción N°4, Ricardo Córdoba Andreatta, quien imputó al hombre por los presuntos delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por la guarda en calidad de autor”, “producción de imágenes de abuso sexual infantil calificado por tratarse de una víctima menor de trece años” y “tenencia de material de abuso sexual infantil calificado por tratarse de víctimas menores de trece años”.

La prisión preventiva había sido solicitada por el fiscal, quien -según fuentes judiciales-, no detalló de manera suficiente los riesgos procesales que justificaban la restricción de la libertad. Sin embargo, la medida fue dictada en primera instancia por el juez de Control de Garantías N°4, Marcelo Sago.

El hombre estaba alojado en el Servicio Penitenciario Provincial de Miraflores, en Capayán, mientras que la mujer permanecía detenida en la Unidad de Mujeres N° 2, en la Capital.

La defensa, ejercida por el abogado Juan Pablo Morales, apeló la resolución del juez Sago. Posteriormente, la Cámara de Apelaciones hizo lugar al planteo y ordenó la libertad de los acusados.

Los padrinos recuperaron la libertad, aunque continúan vinculados a la investigación que lleva adelante el fiscal Córdoba Andreatta. La familia de la niña manifestó su malestar por la medida dispuesta.

Según el análisis judicial, el fiscal solicitó la detención, pero sin fundamentar de manera suficiente los riesgos procesales -como peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación-, que justificaran la medida. A pesar de ello, el juez de Garantías dictó la prisión preventiva incorporando y desarrollando esos riesgos. Posteriormente, la Cámara de Apelaciones confirmó la resolución sosteniéndola en esos mismos argumentos.

Sobre esa secuencia, la Sala Penal de la Corte concluyó que se vulneró la garantía constitucional del principio procesal de la reformatio in pejus, que prohíbe a un tribunal agravar la situación de un imputado sin que exista un planteo en ese sentido por parte de la acusación.

El tribunal entendió que tanto el juez de Control como la Cámara suplieron deficiencias del requerimiento fiscal al introducir fundamentos no debidamente planteados, lo que derivó en una decisión que afectó el derecho de defensa de los imputados.

En este contexto, la Corte declaró la nulidad de las resoluciones que habían dispuesto y confirmado la prisión preventiva, lo que derivó en la recuperación de la libertad de los acusados. El fallo fue dividido: votaron a favor de la liberación los ministros Fernández González y Facha Martel, mientras que Verónica Saldaña lo hizo en disidencia.

No obstante, el máximo tribunal no se expidió sobre el fondo de la causa ni sobre la responsabilidad penal de los imputados.

Tras la excarcelación, la familia de la niña solicitó ser admitida como querellante, con el patrocinio legal de los abogados Bruno Jerez y Sebastián Ibáñez, a fin de requerir la inmediata detención de los acusados y la posterior elevación a juicio de la causa.